Golf9x2 St. Andrews Club
Apendice Ia
    La Regla 33-8 dispone, "El Comité puede confeccionar y publicar Reglas Locales para condiciones anormales si son consecuentes con la política de la Real Federación Española de Golf tal como se establece en el Apéndice I para dichas Reglas. Una penalidad impuesta por una Regla de Golf no puede ser anulada por una Regla Local".

    Las mencionadas condiciones anormales pueden incluir las que figuran más abajo. Por otra parte, las "Decisiones sobre la Reglas de Golf" proporcionan detallada información referente a Reglas Locales aceptables y prohibidas bajo la Regla 33-8.

    Si las condiciones locales interfieren con el propio juego del golf y se considera necesario modificar una Regla de Golf debe ser obtenida la aprobación de la R.F.E.G.

  1. OBSTRUCCIONES

    1. General

      Aclarando la naturaleza de los objetos que pueden ser obstrucciones (Regla 24).

      Declarando una construcción cualquiera como parte integrante del campo, por lo que no será obstrucción, como por ejemplo las construcciones levantadas en los laterales de los tees de salida, greenes y bunkers (Regla 24 y Regla 33-2a).

    2. Piedras en Bunkers

      Permitiendo quitar las piedras de los bunkers al declararlas "obstrucciones movibles" (Regla 24).

    3. Carreteras y Caminos

      1. Declarando parte integrante del campo las superficies y bordes artificiales de carreteras y caminos, o
      2. concediendo alivio en la forma indicada en la Regla 24-2b de caminos y senderos que no tengan superficies y bordes artificiales, si ello pudiera afectar injustamente al juego.

    4. Aspersores Fijos

      Proporcionando alivio por interposición de aspersores fijos situados dentro de la distancia de dos palos del green, cuando la bola se encuentra dentro de dos palos de distancia del aspersor.

    5. Protección de Árboles Jóvenes

      Proporcionando alivio para la protección de árboles jóvenes.

    6. Obstrucciones Temporales

      Las Reglas Locales específicas para obstrucciones temporales (p. ej. tribunas, cables de televisión, equipos etc.) y aplicables en Torneos pueden obtenerse en la Real Federación Española de Golf.

  2. ÁREAS DEL CAMPO QUE REQUIEREN PRESERVACIÓN

    Para la debida conservación del campo, definiendo como terreno en reparación, con prohibición de jugar en ellos, áreas para semilleros, plantaciones jóvenes y otras partes del campo en cultivo, como "terreno en reparación", en el que está prohibido el juego.

  3. DAÑOS INSÓLITOS EN EL CAMPO O ACUMULACIÓN DE HOJAS (o Similar)

    Declarando tales áreas como "terreno en reparación" (Regla 25). El Comité puede, por medio de una Regla Local, denegar el alivio en tales áreas por interferencia en la colocación del jugador.- ver Nota a la Regla 25-1a.

    Nota: Para alivio de los agujeros de aireación ver ejemplo de Regla Local 8 en Parte B de este Apéndice.

  4. HUMEDAD EXCESIVA, BARRO, CONDICIONES DIFÍCILES Y PROTECCIÓN DEL CAMPO

    1. Levantar una Bola Empotrada, Limpiarla

      Cuando el terreno está excepcionalmente blando, el Comité puede permitir, mediante una Regla Local temporal, el levantamiento de una bola empotrada en su propio impacto en el terreno dentro de las áreas de "recorrido" que no estén segadas a ras (Regla 25-2), siempre que esté convencido que el juego se desarrollará de forma apropiada. La Regla Local será válida para ese día solamente, o para un período corto de tiempo y, de ser posible, válida para unas zonas determinadas. El Comité cancelará la Regla Local tan pronto como las condiciones lo justifiquen, y su texto no figurará impreso en la tarjeta de recorrido.

      En condiciones adversas similares, el Comité puede permitir mediante una Regla Local temporal la limpieza de la bola en todo el "recorrido".

    2. Colocación de la Bola y Reglas de Invierno

      Las condiciones adversas para el juego, incluyendo el mal estado del campo o la existencia de barro, son a veces tan generalizadas, en particular durante los meses de invierno, que el Comité puede decidir el establecimiento de una Regla Local temporal autorizando aliviarse de dichas condiciones, bien sea para la preservación del propio campo o para promover un juego agradable y justo. Dicha Regla Local será cancelada tan pronto como lo permitan las condiciones.

  5. ÁREAS SENSIBLES MEDIOAMBIENTALMENTE

    Cuando el Comité tiene que prohibir el juego desde áreas sensibles medioambientalmente que están en el campo o contiguas al mismo, debería establecerse una Regla Local que dejara claro el procedimiento de alivio.

    Un área sensible medioambientalmente es un área así declarada por una autoridad competente en la que entrar en o jugar desde ella está prohibido por razones ambientales. Tal área puede ser definida como terreno en reparación, obstáculo de agua, obstáculo de agua lateral o fuera de límites a discreción del Comité, con tal de que, en el caso de un área sensible medioambientalmente que haya sido definida como obstáculo de agua u obstáculo de agua lateral, el área es, por definición, un obstáculo de agua.

    Nota: El Comité no puede declarar un área como sensible medioambientalmente.

    Un ejemplo de Regla Local figura en detalle en las "Decisiones sobre las Reglas de Golf."

    Otras condiciones que el Comité podría cubrir con una Regla Local incluyen:

  6. OBSTÁCULOS DE AGUA

    1. Obstáculos de Agua Lateral

      Determinando las partes de los obstáculos de agua que puedan ser obstáculos de agua lateral (Regla 26).

    2. Bola Provisional

      Permitiendo el juego de una bola provisional en el caso de que una bola pueda estar en obstáculo de agua de tal manera que sería imposible determinar si la bola está en el obstáculo o si su comprobación implicaría demora indebida. En tal caso, si se juega una bola provisional y la original está en el obstáculo de agua, el jugador puede jugar la bola original como está o continuar con la bola provisional en juego, pero no podrá acogerse a la Regla 26-1.

  7. DEFINICIÓN DE FUERA DE LÍMITES

    Especificando el significado de los medios utilizados para señalizar el Fuera de Límites, Obstáculos, Obstáculos de Agua, Obstáculos de Agua Lateral y Terrenos en Reparación.

  8. ZONAS DE DROPAJE

    Estableciendo áreas especiales en las cuales la bola puede ser o debe ser dropada cuando no sea posible o practicable proceder exactamente de acuerdo con la Regla 24-2b (Obstrucción Inamovible), Regla 25-1b o Regla 25-1c (Terreno en Reparación), Regla 25-3 (Green Equivocado), Regla 26-1 (Obstáculos de Agua y Obstáculos de Agua Lateral) o Regla 28 (Bola Injugable).

  9. PRIORIDAD EN EL CAMPO

    El Comité puede establecer disposiciones regulando la prioridad para jugar en el campo (Véase Etiqueta).

 Etiqueta
 Definiciones
 Reglamento